Los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores en la empresa con funciones especificas en materia de prevención de riesgos.
Competencias de los delegados de prevención.
- Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre la prevención de riesgos laborales.
- Ser consultados por el empresario con carácter previo a su ejecución, a cerca de las decisiones a las que se refiere el articulo 33 de la presente LPRL (planificación y organización del trabajo).
- Vigilar y controlar el cumplimiento de las evaluaciones de riesgos.
- Acompañar a los inspectores de trabajo en sus visitas.
- Realizar ellos mismos las visitas a los lugares de trabajo para vigilar el buen estado de las condiciones donde se realiza.
- Proponer, al órgano de representación de los trabajadores la paralización de las actividades en caso de riesgo grave o inminente.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
Es un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las acciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
Toda empresa con mas de 50 trabajadores contara con un Comité de Seguridad y Salud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario